La jubilación anticipada es una opción que ofrece el sistema español de Seguridad Social a personas con discapacidad, como una forma de reconocer las dificultades adicionales que pueden haber enfrentado a lo largo de su vida laboral. No se trata de un privilegio, sino de un derecho respaldado por normas claras que garantizan una transición justa hacia la etapa de retiro.
En este artículo te explicamos, de forma sencilla y actualizada, las dos vías principales para acceder a la jubilación anticipada en caso de discapacidad.
Table of Contents
1. Jubilación anticipada a partir de los 56 años (discapacidad igual o superior al 45%)
Esta modalidad está diseñada para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 45%, pero bajo unas condiciones específicas:
✅ Requisitos:
- Tener reconocida una discapacidad del 45% o más.
- Haber trabajado al menos 5 años con esa discapacidad reconocida.
- La discapacidad debe estar relacionada con una lista específica de enfermedades que tienen un impacto severo y permanente en la vida laboral.
🧠 Patologías incluidas:
Algunas de las patologías reconocidas en esta modalidad incluyen:
- Discapacidad intelectual
- Parálisis cerebral
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader-Willi
- Síndrome X frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis quística
- Enfermedad de Wilson
- Trastornos del espectro autista (TEA)
- Anomalías congénitas secundarias a la Talidomida
- Secuelas de polio o síndrome postpolio
- Traumatismo craneoencefálico
- Secuelas de tumores, infecciones o intoxicaciones del sistema nervioso central
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
- Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
- Esclerosis múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
💡 Importante: Si tienes varias patologías que, al sumarse, superan el 45%, también puedes acogerte a esta jubilación anticipada desde los 56 años, sin penalización económica.
📄 Documentación necesaria:
- Informe médico detallado que acredite la patología.
- Certificado oficial de discapacidad, emitido por tu Comunidad Autónoma o por el IMSERSO.
2. Jubilación anticipada desde los 52 años (discapacidad igual o superior al 65%)
Este segundo caso está dirigido a personas con una discapacidad igual o superior al 65%. Aquí no se exige que la discapacidad pertenezca a un grupo concreto de enfermedades.
✅ Ventajas principales:
- Sin necesidad de cumplir una lista de patologías específicas.
- Por cada año trabajado, se reduce 0,25 años de la edad ordinaria de jubilación.
- Si además se acredita situación de dependencia, la bonificación puede llegar a 0,5 años por cada año trabajado.
Límite legal:
La edad de jubilación anticipada no puede ser inferior a los 52 años, aunque se acumulen muchas bonificaciones.
3. Ejemplo qué significa esto en la práctica?
Imagina que has trabajado 20 años con una discapacidad del 65%. Esto te permitiría adelantar 5 años tu jubilación (20 x 0,25), y si eres dependiente, hasta 10 años. Si tu edad ordinaria de jubilación es 66 años, podrías jubilarte a los 61 o incluso a los 56 dependiendo del caso. Pero nunca antes de los 52 años.
4.Reflexión final
La jubilación anticipada por discapacidad en España es un mecanismo de equidad social que permite a muchas personas terminar su vida laboral de forma digna y con protección económica. Pero es esencial informarse bien, preparar toda la documentación con antelación, y en muchos casos, contar con asesoramiento profesional para evitar retrasos o problemas en la tramitación.
Tanto si te encuentras en esta situación como si estás ayudando a un familiar, conocer tus derechos es el primer paso para ejercerlos.